No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de litigio, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Juez. El abogado titular del bufete https://devinulalv.boyblogguide.com/29062561/abogados-italia-cosas-que-debe-saber-antes-de-comprar